Tenerife y Cádiz. ¿Un mismo caso y solución?


juandedioscrespo.jpgJuan de Dios Crespo, el abobado valenciano,experto en Derecho deportivo que lleva interesescadistas en el caso. Abajo Muñoz y Javier Pérezlos dos presidentes de Segunda envueltos en temas muy similares. El canario ganó en el CEDDcadiz_presi_chapin.jpg81_828futen19.jpg

Javier Pérez, fallecido en diciembre del 2004, es uno de los presidentes de Segunda División que ha sido capaz de ganar un recurso por alineación indebida en el Comité Español de Disciplina de Deportiva. Como en el actual “caso Femenía”, el CD Tenerife sufrió dos reveses importantes en el por entonces llamado “caso Jordi”. Todo ocurría en la temporada 1999-2000, el CD Tenerife que marchaba en el grupo de cabeza en su pelea por el ascenso, vio como el CD Leganés impugnaba un encuentro que había perdido en Butarque por 0-4. El motivo, una presunta alineación indebida del centrocampista canterano Jordi Ocaña. El jugador, en edad juvenil, había sido inscrito con licencia “P” y había sido alineado un 12 de diciembre en un partido en el que el brasileño Barata, con un hat-trick, y el murciano Mista marcaron para los chicharreros, por entonces entrenados por Fernando Castro Santos. Quique Martín era el mister pepinero.Ahora, nueve años después, Jordi Ocaña ha jugado esta temporada pasada en la Preferente tinerfeña en el CD Vera. Su caso sin embargo, tiene mucho en común con el de Kiko Femenía, pues como en este es clave conocer si la inscripción, la licencia, es considerada regular o irregular, si tiene vicios o no tiene vicios. En el caso de Ocaña, tanto Competición como Apelación, estimaron la reclamación del Leganés y determinaron que los madrileños debían ganar por 3-0. Sin embargo, Javier Pérez llegó al final, entendía que la razón le asistía y hacía ver que su club no había tenido responsabilidad en que le fuera validada una ficha del tipo profesional. Javier Pérez, en declaraciones a los medios de entonces, entendía que la ficha del jugador era irregular y que por tanto su club no podía ser considerado culpable. Para ello alegaba la propia jurisprudencia del CEDD. «Ha de señalarse, como ya en otras ocasiones este Comité Español de Disciplina Deportiva ha tenido ocasión de reiterar, que la supuesta irregularidad en la tramitación de una licencia si bien puede afectar a su validez reglamentaria y por ello ser objeto de impugnación en las vías federativas que correspondan, no puede constituir sin embargo, el supuesto de una infracción (típicamente, alineación indebida) por parte del jugador o de su club en cuanto el jugador o el club no hayan sido los directos causantes mediante dolo, fraude o engaño de la irregularidad en cuestión. Pues si el jugador y su club obtienen de la Federación una licencia, aún cuando en su tramitación haya concurrido alguna irregularidad no imputable a ellos, la imprescindible seguridad jurídica junto al principio de respeto a los propios actos por parte de la Federación, obligan a tener por legítima la alineación del jugador que ostenta tal licencia, en tanto no sea revocada por la autoridad federativa competente en base a su irregularidad».En el caso del Tenerife, esta parte final del antecedente del CEDD no se daba, porque la Española no revocó en los 20 días establecidos para ello la licencia «P» de Jordi.Sin embargo, y es algo que no conviene olvidar y que es algo totalmente distinto al caso del Cádiz. Lo que el club amarillo entiende y defiende es que la inscripción de Kiko Femenía no está afecta de ninguna irregularidad. De ahí la importancia que Juan de Dios Crespo, como abogado amarillo, le da a la prueba testifical que supondría que la RFEF dijera que la inscripción del juvenil alicantino es normal, sin vicio alguno. Fue lo que hizo entonces, pero en sentido contrario, el conocido abogado Fernando Pérez Espinosa, que llevó la defensa canaria. Para Juan de Dios Crespo es una inscripción que se realiza extemporáneamente para jugar en competición profesional, y que si es válida para jugar en competición juvenil. Por tanto, el Hércules CF dificilmente puede alegar segurídad jurídica sobre un hecho que está realizado fuera de los plazos previstos. Es más, y es otra diferencia más en el caso del CD Tenerife, en aquel caso la autoridad federativa podía haber revocada la inscripción de Jordi como ficha P, pues fue un error, no así en el caso de Femenía, ya que son cientos los juveniles que se inscriben en septiembre.El CD Tenerife entonces tuvo que esperar bastante tiempo para que el CEDD le diera la razón que Competición y Apelación le negó. Ahora, el Cádiz, con la ley en la mano, y como le ocurrió al Tenerife, sólo espera que la situación se repita.

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