La pregunta clave

derechodeporte.jpg¿Puede un futbolista de las categorías inferiores de un club profesional jugar en categoría profesional sin haber sido inscrito en los mismos plazos que los exigidos a los futbolistas con licencia profesional?

Es la pregunta clave. ¿Puede o no puede?

Si la respuestas es que NO, el Hércules alineó de inicio frente al Cádiz, y durante una hora de juego, a un futbolista que no debía jugar. Es decir, alineó indebidamente a uno de sus once futbolistas.

En otro orden de cosas, el Real Decreto 1,591, 1.992, de 23 de diciembre, sobre Disciplina Deportiva, determina en el artículo 14, concordante con el artículo 58 del Estatuto de la Real Federación Española de Fútbol, como infracciones muy graves a las reglas del juego o competición, la alineación indebida.  No es una cuestión de matices, pues  el legislador  no ha tenido en cuenta a  la hora de imponer la sanción el principio de actuación de la buena fe, quizás por los problemas de carácter subjetivo que ello conllevaría en un deporte tan competitivo y con tanto en juego.

En lo que respecta a los Estatutos de la RFEF, es el  artículo 104  donde se residencia con meridiana claridad que al club que alinee indebidamente a un futbolista por no reunir los requisitos reglamentarios para poder participar en un partido, se le dará éste por perdido, declarándose vencedor al equipo oponente con el resultado de tres goles a cero (salvo que se hubiere obtenido un tanteo superior), si la competición fuere por puntos. No es cuestión de matices.

A partir de aquí, y sobre todo de la respuesta a la pregunta de marras pende todo.

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